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La OMS declara el virus del Zika como emergencia

La OMS declara el virus del Zika como emergencia de salud pública internacional
Tras la primera reunión celebrada por el Comité de Emergencia de la OMS, se ha considerado que los brotes de casos de microcefalia y otros trastornos neurológicos asociados al virus del Zika constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII), en virtud del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) (2005). La Secretaría de la OMS informó al Comité sobre los conglomerados de casos de microcefalia y de síndrome de Guillain-Barré que se han asociado temporalmente con la transmisión del virus del Zika en algunos entornos. Además se proporcionó información al Comité sobre lo que se sabe actualmente acerca de la historia del virus del Zika, su propagación, el cuadro clínico que presenta y sus características epidemiológicas.

Los siguientes Estados Partes suministraron información sobre una posible asociación entre la microcefalia y algunos trastornos neurológicos y la enfermedad por el virus del Zika: Brasil, Francia, Estados Unidos y El Salvador.

El Comité recomendó que se declare que el conglomerado reciente de casos de microcefalia y otros trastornos neurológicos notificados en el Brasil, después de un conglomerado similar en la Polinesia francesa en el 2014, constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII).

El Comité hizo las siguientes recomendaciones a la Directora General para su consideración al abordar esta ESPII (conglomerados de casos de microcefalia y trastornos neurológicos) y su posible asociación con el virus del Zika, en conformidad con el RSI (2005).
Microcefalia y trastornos neurológicos:

La vigilancia de los casos de microcefalia y de síndrome de Guillain-Barré debe estandarizarse y mejorarse, en particular en las zonas de transmisión conocida del virus del Zika y en las zonas en riesgo de este tipo de transmisión.
La investigación sobre la etiología de los nuevos conglomerados de casos de microcefalia y trastornos neurológicos debe intensificarse para determinar si hay una relación de causalidad con el virus del Zika y otros factores o cofactores.

Dado que estos conglomerados han ocurrido en zonas infectadas recientemente por el virus del Zika y de acuerdo con las buenas prácticas en el ámbito de la salud pública y a falta de otra explicación para estos conglomerados, el Comité destaca la importancia de tomar medidas enérgicas a fin de reducir el número de casos de infección por el virus del Zika, en particular en las embarazadas y las mujeres en edad fértil.
Como medida preventiva, el Comité hizo las siguientes recomendaciones adicionales:
Transmisión del virus del Zika:

  • Se debe aumentar la vigilancia de la infección por el virus del Zika al difundir las definiciones estándares de caso y distribuir medios de diagnóstico en las zonas en riesgo.
  • Se debe otorgar prioridad al desarrollo de nuevos medios de diagnóstico para la infección por el virus del Zika a fin de facilitar las medidas de vigilancia y control.
  • Se debe mejorar la comunicación de los riesgos en los países con transmisión del virus del Zika a fin de abordar las inquietudes de la población, mejorar la participación de las comunidades, mejorar la notificación y garantizar la aplicación del control de vectores y de las medidas de protección personal.
  • Se deben promover y ejecutar enérgicamente las medidas de control de vectores y las medidas apropiadas de protección personal a fin de reducir el riesgo de exposición al virus del Zika.
  • Se debe asegurar que las mujeres en edad fértil y, en particular, las embarazadas tengan la información y los materiales necesarios para reducir el riesgo de exposición.
  • Se debe brindar orientación a las embarazadas que han estado expuestas al virus del Zika y se debe hacer el seguimiento del resultado del embarazo sobre la base de la mejor información disponible y las políticas y prácticas nacionales.

Medidas a más largo plazo

Se deben redoblar los esfuerzos pertinentes de desarrollo e investigación de las vacunas contra el virus del Zika, el tratamiento y los medios de diagnóstico.
En las zonas de transmisión conocida del virus del Zika, los servicios de salud deben estar preparados para hacer frente a posibles aumentos del número de casos de síndromes neurológicos o malformaciones congénitas.

Medidas con respecto a los viajes

No se debe aplicar restricción alguna a los viajes o el comercio con países, zonas o territorios con transmisión del virus del Zika.
Se debe brindar información actualizada a los viajeros que se dirijan a zonas con transmisión del virus del Zika con respecto a los posibles riesgos y las medidas apropiadas para reducir la posibilidad de verse expuestos a picaduras de mosquitos.
Se deben poner en práctica las recomendaciones habituales de la OMS con respecto a la desinsectación de las aeronaves y los aeropuertos.

Intercambio de datos

Las autoridades nacionales deben garantizar la notificación oportuna y el intercambio rápido de información de importancia para la salud pública con respecto a esta ESPII.
Los datos clínicos, virológicos y epidemiológicos relacionados con las mayores tasas de microcefalia o síndrome de Guillain-Barré y la transmisión del virus del Zika deben enviarse rápidamente a la Organización Mundial de la Salud para facilitar la comprensión internacional de los estos eventos, guiar el apoyo internacional a las iniciativas de control, y priorizar una mayor investigación y desarrollo de productos.

Sobre la base de estas recomendaciones, el 1 de febrero del 2016 la Directora General declaró que se trata de una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII). La Directora General hizo suyas las recomendaciones del Comité y las promulgó como recomendaciones temporales en virtud del RSI (2005). La Directora General agradeció a los miembros y asesores del Comité por su orientación.

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